SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1043/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1043/2016-S1

Fecha: 26-Oct-2016

concedió

La Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz,  constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 22 de julio de 2016, cursante de fs. 80 a 83 vta., concedió en parte la tutela demandada, disponiendo  que la Administración de la CPS Regional Santa Cruz, restituya “…sus derechos básicamente al nivel salarial que percibía cuando se desempeñaba de interina…” (sic), en el plazo de setenta y dos horas a computarse desde el 25 del mes y año precitados, en base a los siguientes fundamentos: a) La accionante se encuentra embarazada y en su condición de dirigente sindical goza de inamovilidad laboral;      b) Es evidente que mediante memorándum JDRH-M-064/2016, de forma interina se designó a la impetrante de tutela como Jefa de Administración de Personal a.i. de la antedicha entidad de salud con el ítem 1323 Nivel-E, siendo un cargo de confianza y libre designación; motivo por el cual, el nuevo Administrador Regional de la referida institución decidió restituirla a su anterior cargo como Responsable de Liquidación General; c) La problemática en cuestión es que con dicha restitución se disminuyó su salario, situación que para la trabajadora constituye un despido indirecto; y, d) Por lo establecido en la SC 1453/2011-R de 10 de octubre, los funcionarios de libre nombramiento no están sujetos a la inamovilidad laboral, al ser ellos personal de confianza, no obstante lo referido, la accionante al encontrarse en el quinto mes de embarazo goza de inamovilidad laboral; por lo que, la institución demandada debe restablecer el salario, aún que ella no ocupe el cargo de Jefa de Administración de Personal a.i. de la aludida entidad de salud hasta que se cumpla con lo establecido en el art. 48 de la CPE con la finalidad de dar prioridad al interés superior de la niña, niño y adolescente.