SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1063/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1063/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

concedió

La Jueza Pública de Familia Séptima del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 5 de agosto de 2016 cursante de fs. 76 a 80, concedió la tutela solicitada, disponiendo que: a) El SEDCAM del mismo departamento, dé estricto cumplimiento a la conminatoria de reincorporación laboral MTEPS/JDTCBBA/ 212/2016, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo del citado departamento, en el último cargo que venía desempañando; y, b) El pago de salarios devengados y derechos laborales previstos por ley; determinación asumida sobre la base de los siguientes fundamentos: 1) Existe una conminatoria emitida a favor del accionante; por la que, la señalada Jefatura Departamental de Trabajo, instruyó a la institución demandada reincorporarlo a su fuente laboral; empero ésta no la acató, tal cual consta en el acta de intervención notarial; 2) La conminatoria de reincorporación laboral, se encuentra fundamentada, no existiendo óbices para su cumplimiento; la cual debe ser acatada mientras se resuelvan los derechos controvertidos ante las instancias respectivas; 3) El accionante no fue sometido a ningún proceso administrativo interno que hubiere determinado su despido; si bien, existe una denuncia penal en su contra por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes; empero, aún no se cuenta con una sentencia que determine la responsabilidad laboral o penal del demandante de tutela; por lo que, su despido es injustificado e infringe lo previsto en el art. 117 de la CPE; vale decir, sus derechos a la defensa, presunción de inocencia y estabilidad laboral; y,                        4) Respecto a la inhibitoria presentada por el indicado SEDCAM, no fue considerada por la mencionada Jefatura Departamental de Trabajo; motivo por el que se interpuso un recurso de revocatoria en su contra, que merecerá la resolución que corresponda.