DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2016

Fecha: 01-Dic-2016

a)

De lo glosado se concluye que la entrada en vigencia de la Carta Orgánica Municipal precisa los siguientes pasos: a) Un proceso participativo para su elaboración; b) La aprobación por dos tercios del órgano legislativo subnacional; c) El control previo de constitucionalidad de sus contenidos ejercido por el Tribunal Constitucional Plurinacional; y, d) La realización del referendo aprobatorio en su jurisdicción, constituyéndose éste en el último paso procedimental que le otorgará vigencia; en ese sentido, las preguntas de referendo deben obligatoriamente someterse a control previo de constitucionalidad (arts. 121 y 122 del CPCo).