Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Los suscritos Magistrados manifestamos nuestra disconformidad con los fundamentos contenidos en la SCP 077/2016 de 13 de diciembre, por lo que, expresamos los siguientes argumentos jurídico-constitucionales.
Fecha: 13-Dic-2016
III. CONCLUSIÓN
Por las razones expuestas, los Magistrados disidentes consideramos que la SCP 0077/2016 de 13 de diciembre al no haber establecido a cuál de los ayllus le incumbía el conocimiento sobre del conflicto de posesión, dictó una Sentencia desconociendo el principio de comprensión efectiva que implica que toda resolución, los fundamento de hecho y de derecho así como los razonamientos expuestos deben ser de fácil comprensión a las partes y a la población, a objeto de dar certeza a las partes y población a fin de lograr armonía al interior de la sociedad.