AUTO CONSTITUCIONAL 0016/2016-RCA
Fecha: 02-Feb-2016
a)
La Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto de 24 de noviembre de 2015, cursante a fs. 89, solicitó que previamente, la accionante subsane los siguientes aspectos: a) Acredite la legitimación pasiva señalando, nombres, domicilios, y cargos que ejercen en la actualidad las autoridades contra las que dirige la acción; b) Establezca el nexo de causalidad entre los actos lesivos con los derechos o garantías que considere vulnerados, teniendo presente el art. 33.4 y 5 del Código Procesal Constitucional (CPCo); y, c) Aclare su petición de acuerdo al art. 33.8 del citado Código, conforme la relación de los hechos del memorial de la demanda y las facultades de un Tribunal de garantías constitucionales.