SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
deniega
El Juzgado Quinto de Sentencia en lo Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 56/15 de 19 de noviembre de 2015, cursante de fs. 13 a 14 vta., deniega la tutela solicitada por Juan Carlos Díaz Villarroel en representación sin mandato de Miriam Durán de Loyola; con base al siguiente fundamento: La jurisprudencia constitucional, instituyó que la acción de libertad traslativa o de pronto despacho tiene directa incidencia y relación con la o las personas que se encuentran procesadas y/o privadas de libertad, lo que no ocurre en el presente caso, ya que Miriam Duran de Loyola se encuentra dilucidando un derecho de orden patrimonial en un proceso civil que se sustancia a instancia de partes, situación que inhibe ingresar a analizar la actuación de la autoridad demandada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- deniega
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Procedencia de la acción de libertad
- III.2. Del debido proceso y su vinculación con el derecho a la libertad
- Fragmento 11