AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2016-RCA

Fecha: 07-Mar-2016

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 5 de febrero de 2016, cursante de fs. 29 a 39 vta., el accionante manifestó que, en calidad de socio a la Asociación de Bodegueros de Cinti “ASOBOC”, por nota CITE: ASOBOC 032/2015 de 10 de agosto, se le hizo conocer que fue expulsado de la misma, por decisión asumida en mérito al Voto Resolutivo de 7 del mismo mes y año (fs. 3 a 4), sin cumplir lo instituido en el art. 17 del Estatuto Orgánico de la Asociación mencionada y el procedimiento establecido en los arts. 11 inc. h), 13 y 14, de su Reglamento Interno, que claramente determinan que, la expulsión sólo puede acontecer previo sumario informativo que concluye con una resolución fundada; por lo que, considera restringidos sus derechos constitucionales.

Manifestó que, el 12 de agosto de 2015, impugnó el Voto Resolutivo ya enunciado; y, solicitó “…documentación con el objetivo de interponer la Acción de Amparo Constitucional…” (sic), pedido que al no ser atendido, fue reiterado el 2 de septiembre de ese año, e incluso tramitó requerimiento fiscal, sin lograr lo pretendido.