SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2016-S2

Fecha: 21-Mar-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 10 de abril de 2015, el Ministerio Público informó el inicio de investigación en su contra por la supuesta comisión de los delitos de contratos lesivos al Estado, radicando la causa en el Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz; y los Fiscales que “en comisión” (sic) dirigen la investigación, de manera ilegal y arbitraria incurrieron en persecución penal, por cuanto la resolución de aprehensión que carece de motivación, se ejecutó el 6 de octubre a horas 09:45 a momento de presentarse personalmente ante el Fiscal Iván Ortíz Tristán y a través del memorial de apersonamiento respectivo.

Indicó que posteriormente, por un ardid y engaño, el citado Fiscal ahora codemandado, hizo que el Cap. Saúl Salazar Encinas ejecute la orden de aprehensión, sin antes tener el respectivo mandamiento que lo consiguió después de unos minutos, como la resolución que le fue notificada recién a horas 09:15 del 10 de abril de 2015.

Finalmente, en cuanto al agotamiento de las instancias ordinarias de impugnación, indicó que debe tomarse en cuenta que la restricción a su libertad es “material y actual y que el plazo máximo de 24 horas, artificiosamente con dolo y malicia pretende ser sobrepasado” (sic) por las autoridades demandadas.