SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2016-S3

Fecha: 03-Mar-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso de impugnación de reconocimiento de hijo seguido por Bismark Jorge Luizaga Torrico -hoy tercer interesado-, el Juez Primero de Partido, de Sentencia Penal, Mixto y Liquidador de Punata del departamento de Cochabamba -ahora demandado- dictó la Resolución de 20 de julio de 2015, declarando improbada la excepción previa de prescripción planteada por su persona, utilizando argumentos falsos e ilegales, aplicando normas no vigentes, sin ninguna valoración probatoria, apartándose de los marcos legales de razonabilidad y equidad e incurriendo en omisión arbitraria al valorar la prueba.

Ante dicha situación, interpuso recurso de apelación contra la citada Resolución, siendo concedida en el efecto devolutivo, encontrándose en trámite, “presumiéndose” que su resolución será efectivizada a fines del 2017, por lo que la interposición del recurso ordinario no asegura el cumplimiento efectivo de sus derechos ni los de su hijo; por ende, si bien existe otro medio o recurso legal para la protección de los derechos y garantías restringidos o suprimidos, esta no resulta ser inmediata, siendo viable la acción de amparo constitucional al ser la protección de los recursos ordinarios tardía, y por existir la inminencia de un daño irremediable e irreparable.

A momento de la interposición de la presente acción tutelar, se encuentra en total estado de indefensión, debido a la deficiente administración de justicia impuesta por la autoridad judicial demandada, como es el desmerecimiento de la ley objetiva y material vigente, y los documentos presentados oportunamente que no fueron evaluados ni considerados para que se logre un debido equilibrio procesal hacia la igualdad como facultad de la administración de justicia que se sujete a la uniformidad de la ley, así como los flagrantes vicios procedimentales cursantes en obrados que dan lugar a una injusta resolución sin derecho a la defensa.