SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2015-S1

Fecha: 16-Mar-2016

a)

Juan Carlos Ramos, Director de la FELCC y Carlos Mendoza, Jefe de la División de Trata y Tráfico de Personas ambos del departamento de Santa Cruz, a través de su abogado refirieron que: a) Se investigó el presunto delito de trata y tráfico de personas con fines de explotación sexual, el cuaderno de investigación fue puesto a conocimiento del Juez de instrucción en lo Penal; b) En el allanamiento que se realizó a un local nocturno, se logró rescatar a dos menores de edad, hecho que también su puso a conocimiento del representante del Ministerio Público a cargo de Mauricio Romero; c) Se efectuaron los requerimientos para la entrevista psicológica y demás actuados procesales que cursan en el cuaderno de investigaciones; d) Se efectuó denuncia formal ante el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del mismo departamento de conformidad a los arts. 293 y 297 del Código de Procedimiento Penal (CPP), siguiendo todos los conductos regulares que la norma establece; e) El único objetivo de los accionantes es perjudicar y dilatar las investigaciones, ya que se les tomó sus declaraciones asistidos de sus abogados junto al Fiscal de Materia asignado al caso, encontrándose a la fecha con imputación formal en el Juzgado antes mencionado, que debe resolver la situación jurídica de los accionantes; y, f) Finalmente, existe subsidiariedad, ya que debieron recurrir ante la autoridad jurisdiccional competente y agotar las instancias ordinarias y no directamente plantear la acción de libertad.