, demandado la nulidad de Resolución Ministerial 662/15-A de 21 de septiembre de 2015 y de la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/CONM 119/2014 de 27 de noviembre.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

, demandado la nulidad de Resolución Ministerial 662/15-A de 21 de septiembre de 2015 y de la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/CONM 119/2014 de 27 de noviembre.

Fecha: 01-Abr-2016

FUNDADO

La SCP 0042/2016, declara FUNDADO el recurso directo de nulidad, y en consecuencia Nulas  la Resolución Ministerial (RM) 662/15-A de 21 de septiembre de 2015 y la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/CONM 119/2014 de 27 de noviembre, con el argumento de que resulta evidente que, en los casos en los cuales un trabajador, sometido a proceso interno por la infracción de los estatutos y reglamentos de una entidad, contraviene los mismos ameritando como sanción su retiro, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a través de las jefaturas departamentales y regionales de trabajo, no posee la competencia necesaria para asumir el conocimiento de una solicitud de reincorporación, correspondiéndole la misma a la judicatura laboral, instancia jurisdiccional que, analizando y valorando los elementos fácticos y jurídicos de cada caso particular, es la que deberá disponer lo que en derecho corresponda.

Más adelante señala que: En el caso objeto de análisis, resulta evidente que, la Jefatura Departamental del Trabajo de Santa Cruz, al emitir la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/CONM 119/2014, actuó sin jurisdicción ni competencia, error que, en su momento pudo haber sido corregido por la instancia jerárquica y que en defecto no ocurrió, emitiéndose por el contrario, la RM 662/15-A, que confirmó y avaló el error en el que incurrió el inferior; habiendo ambas autoridades incurrido en actos susceptibles de nulidad, conforme prevé el art. 122 de la Constitución Política del Estado (CPE).