a la DCP 0064/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

a la DCP 0064/2016

Fecha: 22-Jun-2016

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Ahora bien, la interculturalidad tiene que ver, por un lado con el reconocimiento de las diferentes culturas que se practican en las sociedades del Estado boliviano; y por el otro, con la coexistencia y relacionamiento en el marco de la igualdad y respeto recíproco, como consecuencia de la plurinacionalidad; en este entendido, es necesario inferir que las autonomías de acuerdo a lo dispuesto por el art. 272 de la Ley Fundamental, involucra tres elementos: 1) El autogobierno, que implica la potestad que tiene el soberano de las diferentes unidades territoriales autónomas, para participar en la definición de la estructura y conformación de sus órganos de gobierno, eligiendo a sus autoridades; 2) Administración de recursos económicos; y, 3) Ejercicio de facultades legislativas, reglamentarias, fiscalizadoras y ejecutivas, las cuales se encuentran ligadas estrechamente a la participación política, el ejercicio de la democracia, la interculturalidad y la institucionalidad, debiendo ejercerse en el marco del pluralismo de manera transversal, que involucre la implementación de una nueva administración pública a través de sus órganos de gobierno.

En este marco, dentro de esta forma de Estado, surge un proceso inclusivo de participación de las NPIOC, en las esferas estatales, por lo que, se reconocen sus derechos a partir de su auto identificación y preexistencia, que permiten mantener viva su cultura, sus formas organizativas desde lo político, económico, jurídico y social; en suma, su existencia misma; en consecuencia el Estado, por medio de todos sus niveles de gobierno, debe respetar y garantizar el ejercicio pleno de los derechos reconocidos por la Norma Suprema, por cuanto dicha participación debe efectivizarse; asimismo, en el proceso autonómico, en este caso del nivel municipal, a través de la inclusión de la forma de democracia en la elección de sus representantes ante el concejo municipal, en el desarrollo de las competencias del nivel municipal, cuando tengan que ver con el aprovechamiento de sus recursos naturales, su cultura, su gestión territorial, así también la organización del mismo en DMIOC, desde lo inter e intracultural que cohesiona su diversidad, respetando todas sus formas de expresión, en el marco de la igualdad.