Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM) de la Entidad Territorial Autónoma (ETA) de Roboré, fue sometido a control previo de constitucionalidad y resuelto por la DCP 0176/2015 de 11 de agosto, correlativa a la DCP 0099/2015 de 8 de abril, sobre
Fecha: 24-Jun-2016
3°
Ahora bien, dentro del proyecto adecuado por el estuyente, se advierte que nuevamente decide no introducir dentro del contenido del proyecto de COM los numeral señalados en el párrafo anterior; sin embargo, la DCP 0068/2016 de 24 de junio, en el Por Tanto resuelve: “3° Se REINSERTE acorde a los fundamentos expuestos en la DCP 0176/2015 y la presente Declaración Constitucional Plurinacional, los numerales 10 y 12 del art. 47 del citado proyecto” (las negrillas nos pertenecen)
- I. ANTECEDENTES
- II.1. Sobre la disposición de “reinserción” de contenidos suprimidos del proyecto de COM
- 3°
- a)
- Sobre el alcance de las declaraciones constitucionales en procesos de control previo de estatutos y cartas orgánica
- sino que deberá limitar su actividad jurisdiccional a los artículos o preceptos observados en un primer momento y no así revisar el proyecto de COM en su integridad pretendiendo escudriñar o analizar textos nuevos o eliminados para ordenar su reinserción
- f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado’