SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0620/2016-S3
Fecha: 01-Jun-2016
I.1. Contenido de la demanda
Fue condenado mediante Sentencia 08/2009 de 19 de febrero, a cinco años de privación de libertad por la comisión del delito de uso indebido de instrumento falsificado, a consecuencia de una pésima valoración de las pruebas presentadas, basadas en un error de “taipeo” del “Notario” y una “simple fotocopia del protocolo N° 1526/2001” (sic), sobre un terreno ubicado en la zona de Ovejuyo, en el cual no figuraba su nombre; sin embargo, existía otra escritura pública 1523/2001, la que no fue considerada, en la cual si figura como propietario; es decir, que se realizó una apreciación equivocada de la documentación existente.
Ante la existencia de las dos escrituras públicas, en reiteradas oportunidades solicitó al Juez de la causa inspección ocular a los “Libros del Notario”, como también la realización de una pericia sobre la firma y sellos, para verificar y determinar si la primera escritura era falsa; empero, su petición fue negada por el Tribunal Primero de Sentencia Penal, bajo el argumento de no ser necesaria; por lo que, solo fueron analizadas las pruebas que la querellante había presentado, basándose únicamente en ellas es que se emitió la Sentencia.
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR