Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2016
Fecha: 19-Jul-2016
“Artículo 98 (De la Colisión)
En caso de producirse discrepancia en la interpretación y aplicabilidad entre la presente Carta Orgánica Municipal y otras normas que tengan contenidos incompatibles, se aplicara en orden de prelación, la Constitución Política del Estado y otras leyes referidas, por encima de las normativas municipales”.
- I.1. Contenido de la consulta
- II. CONCLUSIÓN
- III.1. Sobre las adecuaciones en el control de constitucionalidad
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- III.2. Análisis de compatibilidad
- compatibilidad.
- “Artículo 25 (Composición del Concejo Municipal)
- “Artículo 98 (De la Colisión)
- Fragmento 11
- “Artículo 185 (CONTROL SOCIAL)
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