Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2016
Fecha: 26-Jul-2016
III.1. Aprobación de la carta orgánica municipal
Por mandato constitucional, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” regula el procedimiento para la elaboración de estatutos autonómicos y cartas orgánicas, la transferencia y delegación competencial, el régimen económico financiero y la coordinación entre el nivel central y las entidades territoriales descentralizadas y autónomas art. 271 de la Constitucional Política Estado (CPE).
- I.1. Contenido de la consulta
- ¿Está Usted de acuerdo con la aprobación y puesta en vigencia de la Carta Orgánica del Municipio de Totora?
- ¿Está Usted de acuerdo con la aprobación y puesta en vigencia de la Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Totora? SI-NO
- I.2. Admisión
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Aprobación de la carta orgánica municipal
- mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- todas las preguntas deben obligatoriamente someterse a control de constitucionalidad
- Fragmento 13
- III.2. Oportunidad y particularidades de la pregunta para referendo aprobatorio
- CONSTITUCIONALIDAD