AUTO CONSTITUCIONAL 0222/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0222/2016-RCA

Fecha: 01-Ago-2016

i)

Los accionantes, manifestaron que: i) el Juez de garantías refiere que debía agotarse la vía agroambiental sin considerar que realizaron varios reclamos y además existe jurisprudencia de abstracción al principio de subsidiariedad ante vías de hecho más aún al tratarse de personas de la tercera edad; y, ii) El último acto vulneratorio de sus derechos fue el 2 de enero de 2016, fecha en la cual los demandados usando picotas y palas destrozaron las cañerías de agua potable, conforme se tiene del informe de 4 de enero de 2016 y de la denuncia penal que instauraron en su contra, aspectos que denotan que se encuentran en plazo para presentar la acción.