Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2017-CA
Fecha: 12-Ene-2017
SUBSANAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional; dispone que los recurrentes en el plazo de cinco días, deberán SUBSANAR la deficiencia formal observada, caso contrario se tendrá por no presentado el recurso.