AUTO CONSTITUCIONAL 0300/2017-CA
Fecha: 01-Nov-2017
I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2017, cursante de fs. 25 a 28 vta., la accionante dentro del proceso civil instaurado en su contra habiéndose emitido Sentencia 29/16 declarando probada la demanda ordenando desocupe el inmueble bajo prevención de librar mandamiento de desapoderamiento, solicitó se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta señalando que la demandante del referido proceso alega haber adquirido su derecho propietario bajo la Matrícula 7011060017627, pero nunca cumplió la función social, ni tomó posesión del mismo, mientras que dicha propiedad es su domicilio actual donde vive con toda su familia, contraviniendo así la demandante con lo establecido en el art. 56 de la CPE; puesto que, reclama su derecho de recobrar la posesión después de más de 10 años de adquirido el supuesto derecho.
Señaló que es necesario el pronunciamiento del Tribunal Constitucional Plurinacional sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del art. 1461 del CC referente a la acción de recuperar la posesión, para la ejecución de la Sentencia 29/16. Refirió que la norma impugnada es contraria a la institución de la usucapión decenal o extraordinaria o en su caso a toda institución o acción a retener la posesión, por lo que la posesión infringe el art. 56.I de la CPE, al establecer que toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva siempre que esta cumpla una función social, que dicha norma por su contenido material puede desconocer los alcances de la nueva Constitución Política del Estado.