AUTO CONSTITUCIONAL 0407/2017-RCA
Fecha: 07-Nov-2017
improcedente
El Juez Público Civil y Comercial Séptimo del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 237/2017 de 13 de octubre, cursante de fs. 172 a 174 vta., declaró improcedente la acción tutelar, fundamentando que no cumplió con el principio de subsidiariedad pues no se agotó la vía administrativa; toda vez que, la Resolución del recurso de alzada ARIT-RJ 0038/2017, al disponer la anulación de obrados hasta el vicio más antiguo, por encontrarse errores de hecho en la Resolución Sancionatoria AN-GRLPZ-LAPLI 015/2016, no ingresó al análisis de fondo del proceso administrativo, más al contrario el mismo se encuentra en sede administrativa, quedando abiertos los mecanismos legales y en caso de persistencia de los actos lesivos denunciados, recién podría activar la jurisdicción constitucional dentro del término establecido por ley.