Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Los suscritos Magistrados, en su oportunidad, manifestamos nuestra conformidad con declarar fundado el recurso contra resoluciones legislativas, pero no con el argumento expuesto en la SCP 0086/2017 de 29 de noviembre, objeto de la presente disidenci
Fecha: 29-Nov-2017
CONCLUSIÓN
Por las razones expuestas, los Magistrados que efectúan la presente disidencia, ratifican su criterio de que el fundamento para declarar fundado el recurso debió partir del análisis de la vulneración de derechos invocada por la parte recurrente, respondiendo a la naturaleza y alcance del recurso contra resoluciones legislativas, que es una acción tutelar equiparable a una acción de amparo constitucional, y en base a dicho análisis sobre los derechos subjetivos vulnerados, conceder la tutela solicitada.