Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2017-ECA
Fecha: 11-Dic-2017
NO HA LUGAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 196.I de la Constitución Política del Estado; y, el art. 13 del Código Procesal Constitucional, resuelve declarar: NO HA LUGAR a la complementación y aclaración de la SCP 0007/2017 de 2 de febrero, solicitada por Jhonny Padilla Palacios, Gerente Distrital a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales Chuquisaca, al ser claros y precisos los términos de la Sentencia Constitucional Plurinacional.