AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2017-CA

Fecha: 07-Feb-2017

II.3. Análisis del caso concreto

Revisados los antecedentes del presente caso, se advierte que River Ferrufino Chávez interpuso interdicto de retener la posesión contra el Secretario General de la Comunidad Agraria “Los Altos”, Edwar Tipuni, ante el Juez Agroambiental de Apolo del departamento de La Paz. Dentro del indicado proceso, dicho Secretario General, así como otros miembros de la referida comunidad, solicitaron a la autoridad judicial mencionada su declinatoria de competencia a la jurisdicción indígena originario campesina; sin embargo, el Juez Agroambiental, mediante Resolución de 18 de enero de 2017, dictada en audiencia, determinó declararse competente; y en consecuencia, dispuso que existe conflicto de competencias entre la jurisdicción agroambiental y la indígena originario campesina, disponiendo que se remitan obrados ante este Tribunal Constitucional Plurinacional.

No obstante de que en su oportunidad el Secretario General de la Comunidad Agraria “Los Altos” activó una solicitud de declinatoria ante el Juez Agroambiental de Apolo del departamento de La Paz, se advierte que ante la emisión de la Resolución de 18 de enero de 2017, el nuevo Secretario General de la mencionada Comunidad señaló expresamente que estaba de acuerdo con la misma. Ante esta manifestación, se evidencia un consentimiento sobre la determinación del indicado Juez en el sentido de que es competente para conocer el interdicto de retener la posesión interpuesto. En mérito a dicha situación, conocida la posición de la nueva autoridad originaria indicada, se llega a la conclusión de que el conflicto de competencias jurisdiccionales  desapareció, pues la voluntad de suscitarse el mismo ya no se halla presente al estar de acuerdo dicha autoridad originaria con la decisión del Juez mencionado.