Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0139/2017-s1
Fecha: 09-Mar-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Habiendo sido contratados para prestar sus servicios en la Unidad de Áreas Verdes dependiente de la Dirección de Desarrollo Productivo y Medio Ambiente del Gobierno Autónomo Municipal de Bermejo del departamento de Tarija, el 30 de agosto de 2016, solicitaron a la autoridad ahora demandada la cancelación de sus sueldos correspondientes a marzo, abril, mayo, junio y julio del año señalado, pedido que fue reiterado el 14 de septiembre del mismo año; empero, no recibieron respuesta alguna hasta antes de presentada la acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- , siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida
- III.3. El derecho a la petición y el deber de otorgar respuesta formal y oportuna
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR