Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0431/2017-S3
Fecha: 19-May-2017
III.2. Análisis del caso concreto
La accionante mediante su representante, alega la lesión de sus derechos invocados en la presente acción tutelar, por cuanto, habiendo solicitado fotocopias simples y legalizadas de todo el cuaderno de investigaciones, la autoridad demandada no le entregó lo solicitado, oponiendo una serie de pretextos.
De la revisión de antecedentes se tiene que la accionante, por memorial presentado el 13 de marzo de 2017, solicitó al Fiscal de Materia hoy demandado, copias simples y legalizadas de todo el cuaderno de investigaciones dentro del caso 023/17, señalando que al no encontrarse a la vista imposibilita su defensa técnica (Conclusión II.1.).
- a)
- concedió
- II.1.
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional, que, como se ha señalado, es el recurso idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso; a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- REVOCAR