AUTO CONSTITUCIONAL 0171/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0171/2017-CA

Fecha: 19-Jun-2017

I.1. Contenido de la solicitud

Por memorial presentado el 8 de abril de 2015, cursante de fs. 1081 a 1095 vta., las autoridades indígenas originarias campesinas de la Comunidad Parcopata, provincia Murillo del departamento de La Paz, manifiestan que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a querella de Juan José Siñani Quiroga en representación legal de Elena Sullcani Mamani y otros contra Marcelino Mamani Choque y Lorenzo Gregorio Paucara Choque, por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato, como autoridades de la jurisdicción indígena consideran tener el deber de ejercer la administración de justicia, resolviendo el conflicto o controversia bajo sus normas y procedimientos propios; toda vez que, los procesados están dentro de los ámbitos de vigencia personal, territorial y material, porque son miembros de su comunidad, están sujetos a la jurisdicción indígena originaria puesto que conocen los asuntos o conflictos bajo sus normas y procedimientos propios vigentes y saberes de acuerdo a su libre determinación, siendo que el supuesto hecho delictivo ocurrió dentro de la jurisdicción del Pueblo Indígena Originario Campesino de Parcopata, por ello solicitaron conforme a lo dispuesto por los arts. 191.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 7, 8, 9, 10 y 11 de la Ley de Deslinde Jurisdiccional (LDJ) -Ley 073 de 29 de diciembre de 2010- y fundamentando conforme a la jurisprudencia constitucional en la                 SCP 0388/2014 de 25 de febrero, pues, como imputados comparten identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión.

El Fiscal General del Estado mediante Instructivo 613/2012 de 2 de julio, ordenó a los Fiscales de Materia abstenerse de investigar porque los hechos se encontraban dentro del catálogo previsto en el art. 10.II de la LDJ; sin embargo, los representantes del Ministerio Público infringieron su propia normativa.