AUTO CONSTITUCIONAL 0225/2017-CA
Fecha: 08-Ago-2017
rechazó
Por Resolución AIC/SP 032/2017 de 22 de mayo, cursante de fs. 18 a 23, el Consejo de la Magistratura, rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) El Pleno del citado Consejo aprobó la emisión de las Convocatorias Públicas para los nueve Tribunales Departamentales de Justicia del Estado, para cargos de vocales por cumplimiento de periodo de funciones y en cuanto corresponde al Distrito de Cochabamba, aprobó la Convocatoria Pública 02/2017 mediante el Acuerdo 086/2017 de 9 de mayo; por lo que, corresponde cuestionar la inconstitucionalidad del citado Acuerdo, el cual sí reviste el carácter de una disposición normativa, siendo un acto administrativo autónomo principal dotado de la capacidad de producir efectos jurídicos por sí mismo, habiendo en esa calidad ordenado el inicio del proceso de preselección y selección de postulantes para el cargo de Vocales del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, resultando impertinente la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta de un acto administrativo derivado que solamente tiene vida jurídica mientras subsista el acto principal; b) Es incongruente sostener que la Convocatoria Pública 02/2017 se aplicará y surtirá efectos jurídicos en la cesación de su cargo, no siendo evidente; ya que, la misma solamente constituye el acto inicial del proceso, y nada tiene que ver con que dicho acto inicial pueda ser aplicado al final del proceso, en la cesación del cargo; y, c) El Vocal accionante no cumplió con el art. 24 inc. 4) del Código Procesal Constitucional (CPCo), al no haber identificado adecuadamente la disposición legal que aprobó la emisión de la indicada Convocatoria; es decir, el Acuerdo 086/2017; puesto que, conforme art. 7 del referido Reglamento Específico del Proceso de Preselección y Designación para los Vocales de los Tribunales Departamentales de Justicia, la misma cumplió con su finalidad de llamar a los abogados interesados en participar en dicho proceso.