SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0799/2017-S2
Fecha: 14-Ago-2017
III.2.
El accionante, denuncia la lesión de sus derechos a la libertad personal y de circulación, al debido proceso y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones; toda vez que, funcionarios policiales, quisieron ilegalmente aprehenderlo, sin que exista proceso penal ni el mandamiento correspondiente en su contra.
De la revisión de los antecedentes cursantes en obrados, se constata que el accionante interpuso acción de libertad contra el Comandante Departamental de la Policía Boliviana de Santa Cruz; empero, en la exposición de los supuestos actos vulneratorios sufridos a sus derechos, no señaló cuáles fueron ejecutados por la autoridad policial; de esta manera, conforme se desarrolla en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la autoridad demandada contra quien se dirigió la acción de libertad, carece de legitimación pasiva, al no existir elementos de convicción que acrediten o precisen el acto contrario a derecho que le genere responsabilidad; por lo que, dicha situación impide ingresar a un análisis de fondo, por no ser la autoridad demandada quien consumó el acto considerado como lesivo.