AUTO CONSTITUCIONAL 0269/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0269/2017-CA

Fecha: 28-Sep-2017

II.2.  Análisis de cumplimiento de los requisitos de admisión en el caso concreto

En el caso presente, se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 52.III, 64 inc. d), 65 inc. b), 71 inc. c), y 72 inc. b) de la LRE, por confrontación constitucional y convencional de los arts. 26 y 28 de la CPE, así como los arts. 1.1, 23, 24 y 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, solicitando además se declare la inaplicabilidad de los arts. 156, 168 y 285.II y 288 de la Norma Suprema, respecto a la limitación de la reelección por una sola vez de manera continua, por contradicción intra-constitucional con los arts. 26 y 28 de la Ley Fundamental; y, 1.1., 23, 24 y 29 de la citada Convención.

En ese sentido y del análisis de la acción presentada, se evidencia que esta se respalda en una suficiente fundamentación jurídico-constitucional y convencional, precisando los accionantes las razones por las cuales consideran que los preceptos legales hoy cuestionados son contrarios a la Constitución Política del Estado y al bloque de constitucionalidad, generando duda razonable sobre la constitucionalidad de los preceptos legales impugnados, que posibilita realizar el juicio de constitucionalidad y convencionalidad.