SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2018-S3

Fecha: 07-Nov-2018

concedió

El Tribunal de Sentencia Penal Primero de Trinidad del departamento de Beni, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución de 20 de septiembre de 2018, cursante de fs. 28 a 30, concedió la tutela solicitada, disponiendo que los Jueces demandados en posteriores audiencias a desarrollarse, cumplan con los parámetros establecidos en la línea jurisprudencial con relación a las suspensiones de las audiencias de medidas cautelares, en base a los siguientes fundamentos: a) El 14 de septiembre de 2018, se solicitó la cesación de la detención preventiva por el accionante, habiendo las autoridades demandadas señalado para el 19 del mismo mes y año, instalado este acto procesal el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de Trinidad del aludido departamento, resolvió suspender la audiencia con el argumento que no estaba presente la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, pese a su notificación; b) “…la vulneración al derecho a la libertad y que la SCP 1010/2012 de 23 de agosto, considero puntualmente la aplicación obligatoria de los Tribunales y Jueces, quienes tenemos la obligación de conocer la línea jurisprudencia[l] (…), que cuando existe un acto dilatorio en el trámite de la Cesación a la Detención Preventiva, entre otros presupuestos, las causales de la suspensión de la audiencia deben ser puntuales…” (sic) c) En el caso de autos estableció la vulneración del derecho a la libertad, la garantía del debido proceso y la celeridad procesal, con la cual se debe tratar las audiencias de cesación de la detención preventiva; d) La audiencia de 19 de septiembre de 2018, fue suspendida por las autoridades demandadas sin causa justificada, toda vez que el derecho a la libertad es un derecho fundamental; y, e) No es viable dejar sin efecto el nombramiento de un defensor de oficio, toda vez que es facultad de las autoridades jurisdiccionales nombrar un defensor a la víctima.