AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2018-CA
Fecha: 06-Mar-2018
II.3. Análisis del caso concreto
Dentro del caso en análisis se tiene que, el recurrente interpone el presente “recurso contra tributos generales” impugnando la Ley Municipal Autonómica 275, que establece específicamente un descuento en el Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles, considerando la inobservancia del procedimiento en cuanto a la formulación de la norma prevista en la Ley 154, al no haberse remitido al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas el entonces proyecto de la Ley Municipal Autonómica 275.
Del análisis de la demanda se tiene que si bien el recurrente interpone el presente recurso, cuestionando la compatibilidad de la Ley indicada que establece el descuento proporcional con la finalidad de garantizar que el monto del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles no se vea incrementado en relación a la gestión vencida por efecto de la SCP 0087/2017 de 29 de noviembre, con determinados preceptos constitucionales (arts. 21.6, 108.1, 302.I.19 y 323.”I y II” de la CPE). Sin embargo, el presente recurso carece de un adecuado fundamento jurídico constitucional, debido a que el recurrente en el desarrollo de la demanda no explicó como la Ley impugnada resulta contraria a cada uno de los preceptos constitucionales identificados como vulnerados por la misma, puesto que desarrolla únicamente la contradicción que tendría ésta con el art. 21.6 de la CPE, omitiendo explicar de qué manera cada uno de los otros preceptos constitucionales identificados resultarían lesionados con la Ley Autonómica Municipal 275, circunstancia que determina el rechazo del presente recurso.