La suscrita Magistrada suscribió la SCP 0008/2018, de 14 de marzo, al estar plenamente de acuerdo con la determinación asumida de declarar
Fecha: 14-Mar-2018
Fragmento 2
Conforme a lo expuesto, la suscrita Magistrada aclara que si bien está de acuerdo con la determinación de declarar COMPETENTE al Juez Público Mixto e Instrucción Penal Primero de Concepción del departamento de Santa Cruz, ante la inconcurrencia del ámbito de vigencia personal, en el presente caso, para que al causa sea conocida por la jurisdicción indígena originaria campesina, era innecesario el desarrollo sobre la concurrencia del ámbito de vigencia territorial, además que el contenido del mismo no llega a ninguna conclusión precisa y responde a antecedentes que no corresponden al conflicto de competencias definido en la SCP 0008/2018 de 14 de marzo, -reiterando que- fuera de ese punto innecesario a criterio de esta Magistrada, se está plenamente de acuerdo con los fundamentos y parte resolutiva del fallo.