SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2018-S4

Fecha: 14-Mar-2018

1)

El accionante a través de su abogado, en audiencia ratificó la acción planteada, añadiendo que: 1) La notificación a su persona, fue practicada el 22 de agosto de 2017, en un domicilio totalmente “inventado”, incurriéndose en otro error, pues se le señaló que debió hacerse presente ante el Juzgado de Instrucción Penal Quinto del departamento de La Paz, el 25 de agosto de 2017, a horas 9:00; 2) Esta sumatoria de hechos dio lugar a que se realice una audiencia “rara”, donde la imputación es por los delitos de extorsión y asociación delictuosa, los cuales tienen una pena privativa de libertad de tres años, por lo que no ameritaría aprehensión alguna ni arraigo; 3) Conforme al término de distancia, debió practicarse la notificación diez días antes, tomando en cuenta que Riberalta se encuentra a 1800 km de La Paz. Todos estos aspectos configuran una actividad procesal defectuosa, por lo que reitera su petición de anularse el Auto de 25 de agosto de 2017.