AUTO CONSTITUCIONAL 0113/2018-CA
Fecha: 11-Abr-2018
rechazó
Por Resolución 021/2018 de 7 de marzo, cursante de fs. 241 a 244, el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta formulada, argumentando que: a) La acción planteada carece de fundamentación fáctica ya que no aclara de qué forma las disposiciones impugnadas contradicen la Ley Fundamental, tampoco identifica de qué manera se atenta contra los derechos al debido proceso y presunción de inocencia garantizados por la Norma Suprema; b) Conforme a lo establecido por los arts. 410 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 4 del Código Procesal Constitucional (CPCo), las disposiciones impugnadas son normas que gozan de constitucionalidad; y, c) Respecto al art. 14.17 de la LRDPB, se tiene que la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional resolvió rechazar la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta contra los arts. 5.8 y 14.17 de la LRDPB; por lo que, existiría cosa juzgada constitucional.
- Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- procederá en el marco de un proceso
- dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo; que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
- II.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR