SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0105/2018-S2
Fecha: 11-Abr-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de asesinato, el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Cochabamba, mediante Auto Interlocutorio de 8 de diciembre de 2017, rechazó su solicitud de cesación de la detención preventiva, cuya audiencia concluyó a horas 18:30; por lo que, a horas 18:35 planteó recurso de apelación de forma oral contra la mencionada Resolución, pidiendo la remisión de antecedentes ante la Sala Penal correspondiente en el plazo de veinticuatro horas; sin embargo hasta el “05 de diciembre de 2017” (sic), trascurrió más de ese plazo, sin que el acta de audiencia hubiera sido elaborada como tampoco se remitieron antecedentes ante el Tribunal de alzada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- Fragmento 9
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el plazo para la remisión de antecedentes ante el tribunal de alzada, frente a un recurso de apelación incidental de medidas cautelares
- 1)
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- excepción