SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0894/2019-S2
Fecha: 01-Oct-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de abuso sexual, se encuentra con detención preventiva en el Centro Penitenciario de San Pedro, dispuesta por Auto Interlocutorio 229/2016 de 31 de mayo; toda vez que, en ese momento no contaba con documentación alguna para desvirtuar los riesgos procesales; es así que el 17 de septiembre de 2018, solicitó la cesación de la detención preventiva, cuya audiencia no pudo instalarse debido a la ausencia de cumplimiento de las formalidades legales.
Finalmente, el 27 de mayo de 2019, se celebró la audiencia de consideración de su solicitud, rechazando la misma; por lo cual, interpuso recurso de apelación incidental al amparo del art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), cuyo legajo de apelación debió ser remitido ante el superior en grado en veinticuatro horas, ampliable a tres días en razón a la distancia; empero, hasta la presentación de ésta acción tutelar la misma no fue enviada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el plazo para la remisión de antecedentes ante el tribunal de alzada, frente a un recurso de apelación incidental
- Fragmento 9
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- excepción