SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2019-S2

Fecha: 21-Oct-2019

III.1.

Respecto a la falta de relevancia constitucional, la línea jurisprudencial debe ser entendida en el marco de las SSCC 1620/2003-R de 11 de noviembre[1] y 0995/2004-R de 9 de junio[2] que desarrollaron el tema, señalando que los errores o defectos de procedimiento que no lesionan derechos y garantías constitucionales carecen de relevancia constitucional y no pueden ser corregidos por la acción de amparo constitucional. En este mismo marco la SC 1262/2004-R de 10 de agosto[3], refirió que si el error o defecto de procedimiento no impide que las partes procesales puedan hacer valer sus pretensiones en igualdad de condiciones, es decir, no imposibilitan a las partes a que puedan alegar sus pretensiones, producir las pruebas, contradecir lo alegado, así como la prueba producida por la parte adversa, no tienen relevancia constitucional; pues, no existe vulneración al debido proceso; entendimiento reiterado por las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0364/2012 de 22 de junio y 0038/2016-S1 de 7 de enero.

En este marco la SC 0325/2007-R de 25 de abril[4], señaló que los razonamientos relativos a la falta de relevancia constitucional desarrollados en los entonces recursos de amparo constitucional, ahora acciones, son aplicables a recursos de hábeas corpus, ahora acciones de libertad. Más tarde la SCP 0738/2013 de 7 de junio[5], sostuvo que no existe relevancia constitucional cuando no se advierte una lesión material a derechos fundamentales y garantías constitucionales.

De la jurisprudencia desarrollada, se concluye que cuando los defectos procedimentales no provoquen indefensión material a la parte procesal que los denuncia y no sea determinante para la decisión judicial, no adquiere relevancia constitucional, al igual que si los actos denunciados de ilegales, no conculcan o no se constituyen en una verdadera afrenta a un derecho fundamental cuya tutela se pretenda.