SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1020/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1020/2019-S4

Fecha: 27-Nov-2019

a)

La Empresa de Alimentos Ltda., a través de su representante legal, por memorial de 19 de julio de 2019, cursante de fs. 379 a 390 vta., informó lo siguiente: a) La acción de amparo constitucional es improcedente debido a que la Conminatoria de Reincorporación J.D.T.L.P./D.S. 0495/035/2019, fue impugnada mediante recurso jerárquico planteado ante el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social; por lo que, puede ser modificada; b) El accionante fue sometido a proceso administrativo interno por la comisión de faltas disciplinarias, disponiéndose mediante Memorándum de 7 de enero de 2019, la suspensión de sus funciones con goce de haberes; empero, no asumió defensa alguna; dejó de asistir a la empresa; y, aunque representó por escrito la suspensión dispuesta, no se presentó a trabajar, aceptando entonces, lo dispuesto por la empresa, que finalmente, emitió la Resolución 001/2019 de 16 de enero, disponiendo su desvinculación por incumplimiento parcial del contrato de trabajo, conforme dispone el art. 9 inc. e) de la Ley General del Trabajo (LGT), decisión que fue notificada con la intervención de Notario de Fe Pública; c) La conminatoria de reincorporación tomó como único parámetro para su procedencia, que el trabajador no hubiera sido sometido a un proceso justo, que sería el requisito para su desvinculación sin considerar que los arts. 16 de la LGT; y 9 del DS 224 de 24 de julio de 2009, establecen las causales por las que procede la disolución de la relación laboral, las que fueron determinadas a través de proceso administrativo interno; y, d) Existen hechos controvertidos que deben ser dilucidados en la justicia ordinaria.