Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0371/2019-RCA
Fecha: 04-Dic-2019
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión de Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 10.I.3 del Codigo Procesal Constitucional; dispone: DEVOLVER la presente acción de amparo constitucional a la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, para que se proceda al correspondiente archivo de obrados; con la aclaración que la Comisión de Admisión de este Tribunal Constitucional Plurinacional, se pronuncia en esta oportunidad solo sobre cuestiones netamente procesales.