Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0414/2019-RCA
Fecha: 31-Dic-2019
I.2.
Considera lesionados sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral y a la inamovilidad laboral, citando al efecto los arts. 13.I, 46, 48, 49.III, 62, 64.II, 109.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH).