Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2019-ECA
Fecha: 13-Dic-2019
I.2. Sobre la enmienda en el presente caso
En los puntos “I.2.3. Resolución” y el “POR TANTO” de la SCP 0382/2019-S3 de 2 de agosto, al hacer referencia al pronunciamiento del Tribunal de garantías, que confirma la Resolución de 22 de marzo de 2019, por una imprecisión involuntaria, se consignó e identificó al Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Cochabamba, cuando lo correcto es Tribunal de Sentencia Penal Primero de Ivirgarzama del precitado departamento, extremo que corresponde ser enmendado de oficio, no incidiendo de manera alguna en los fundamentos y forma de resolución, asumidos en dicha Sentencia Constitucional Plurinacional.