Sentencia Constitucional Plurinacional 1074/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 1074/2019-S2

Fecha: 05-Dic-2019

II.3.

II.3.    En el presente caso, si bien es evidente que el impetrante de tutela se encuentra privado de libertad; empero, su situación deviene de la Sentencia 19/2019 de 29 de mayo (que emergió de un procedimiento abreviado al que se sometió por la comisión del delito de violencia familiar), que lo declaró autor y culpable, sancionándolo con pena privativa de libertad de ocho años de presidio; por lo que la restricción de ese derecho, es consecuencia  de una sentencia condenatoria que alcanzó la calidad de cosa juzgada material, no existiendo por lo tanto relación entre la supuesta lesión al debido proceso y el referido derecho fundamental; con la aclaración de que su suspensión tras la suspensión condicional de la pena, constituye un derecho expectaticio cuya concreción depende como bien señaló el propio accionante, del cumplimiento de ciertos presupuestos; por lo que, al no encontrarse consolidado no puede ser tutelado; situaciones que impiden a este tribunal ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada. En igual sentido han razonado las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0807/2015-S3, 0634/2018-S1, 0761/2018-S1; y, 0321/2019-S2 (por mencionar algunas), que ya establecieron que: “…la causa directa de privación del accionante es la sentencia condenatoria o la detención preventiva, si la primera todavía no se encuentra ejecutoriada, no constituyéndose por tanto en causa directa de la privación de libertad ni la tramitación o el rechazo a una suspensión condicional de la pena; en cuyo caso, debe agotar la instancia y plantearse amparo constitucional…” (SCP 0006/2014-S3 de 6 de octubre).