VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0065/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0065/2019

Fecha: 18-Dic-2019

[2]

[3]Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, art. 9: “Para la adopción de las medidas a que se refiere este capítulo, los Estados Partes tendrán especialmente en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer en razón, entre otras, de su raza o de su condición étnica, de migrante, refugiada o desplazada. En igual sentido se considerará a la mujer que es objeto de violencia cuando está embarazada, es discapacitada, menor de edad, anciana, o está en situación socioeconómica desfavorable o afectada por situaciones de conflictos armados o de privación de su libertad”.