Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0065/2019
Fecha: 18-Dic-2019
II.2. Sobre el Voto Disidente de la SCP 0065/2019
Sin embargo, dicho argumento no considera que en el juicio penal se presentó también acusación particular por parte de Dorotea Chuquimia Vda. de Aruquipa por la presunta comisión de los delitos de violencia familiar o doméstica, robo agravado y privación de libertad, previstos en los arts. 272 bis y 292 del Código Penal (CP), por hechos acaecidos el 24 de agosto de 2016.
- Partes:
- II.1. El derecho de las mujeres, niñas y adolescentes a vivir libres de violencia y discriminación; y, el consiguiente deber del Estado y la sociedad de eliminar toda forma de violencia en razón de género
- la violencia hacia las mujeres, y en particular, la violencia en el seno familiar, no es un problema que deba resolverse entre particulares, por la trascendencia y connotación social que adquirió, como una violación a los derechos humanos de las mujeres y los demás miembros del núcleo familiar, que limita el desarrollo pleno de sus potencialidades, y que el Estado no puede desatender
- III.
- Fragmento 5
- a)
- emitió
- c. incluir en su legislación interna normas
- que relativizaban los hechos de agresión hacia la mujer, y por ende, su vida e integridad.
- b)
- c)
- Fragmento 12
- el CEDAW recomienda que, en cooperación con entidades no estatales, los Estados Partes, aseguren que las mujeres puedan elegir, con un consentimiento informado, la ley y los tribunales judiciales aplicables en los que preferirían que se tramitaran sus reclamaciones.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- II.2. Sobre el Voto Disidente de la SCP 0065/2019
- recomienda que los Estados aseguren que las mujeres puedan elegir
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