AUTO CONSTITUCIONAL 0015/2019-CA
Fecha: 05-Feb-2019
I.1. Contenido de la solicitud
Señala que, a Julia Arciénega Avila y a Guery Gonzalo Berrios Urquieta, desde hace tiempo les pidieron insistentemente que se afilien a la comunidad de Yoroca, provincia Chayanta, Segunda Sección del municipio Ravelo del departamento de Potosí con la finalidad de beneficiarse con los derechos inherentes y desempeñar todas las obligaciones, pero ellos rehuyeron a ese cometido. Se sabe que la persona que posee un terreno en el lugar, del cual se beneficia, tiene que cumplir con afiliarse y pagar sus cuotas a la escuela y al sindicato, participar de las reuniones, realizar trabajos en el canal de riego y otros. En este caso, los nombrados no se beneficiaron del riego porque precisamente no quieren afiliarse, tampoco colaboran con las faenas para la construcción del canal de riego, además que existe una Asociación de Riego y Servicios Tomoyo “ARISET” que se rige a un estatuto y reglamento interno, siendo necesaria la afiliación, estableciendo ciertos requisitos para ser socio. Asimismo, alega que a ellos no se les ha privado del agua, pero tienen que afiliarse a la ARISET, pues solamente solicitan se respete lo que resolvieron como autoridades indígenas originario campesinos.