Los suscritos Magistrados, manifiestan su conformidad con la decisión de declarar improcedente el Conflicto de Competencias Jurisdiccionales, suscitado a demanda del Presidente del Consejo de Justicia Plurinacional Indígena Originario Campesino Inter
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, manifiestan su conformidad con la decisión de declarar improcedente el Conflicto de Competencias Jurisdiccionales, suscitado a demanda del Presidente del Consejo de Justicia Plurinacional Indígena Originario Campesino Inter

Fecha: 13-Feb-2019

II. FUNDAMENTOS DEL VOTO ACLARATORIO

La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en el ordinal tercero de la parte dispositiva de la SCP 0007/2019, exhorta al Juez Agroambiental de Yacuiba del departamento de Tarija, lo siguiente: “…que efectúe reuniones de coordinación con las comunidades indígena originario campesinas de su asiento judicial, en especial, con la comunidad campesina ‘El Chirimoyal’, para efecto de lograr una adecuada coordinación y cooperación”.

Dicha determinación, se sustenta en el razonamiento desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1 del referido fallo constitucional, en cuyos párrafos de cierre, se indica: “Consiguientemente, las autoridades de las diferentes jurisdicciones constitucionalmente reconocidas, –para fines de la función judicial única sustentada, entre otros, en los principios de plurinacionalidad, pluralidad, pluralismo jurídico e interculturalidad–, deben tener en cuenta la diversidad existente en la jurisdicción IOC, y por ende, la pluralidad de sistemas jurídicos propios, basados en su territorialidad, normas, procedimientos, principios, valores y sistema de autoridades propias.