Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2019
Fecha: 13-Mar-2019
II.4.
II.4. A través del Informe TSE.DN-SIFDE 007/2019 de 8 de enero, respecto a la conformidad de la pregunta con los parámetros legales y técnicos, se concluyó que la pregunta: “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE RAVELO? SI - NO”, cumple con los criterios de claridad, precisión e imparcialidad establecidos en el art. 18 de la Ley del Régimen Electoral (LRE), para proseguir con el control de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (fs. 17 a 20).
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- ¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE RAVELO? SI - NO
- elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- finalmente un referendo aprobatorio
- tiene por objeto confrontar el texto de la pregunta para referendo con la Constitución Política del Estado
- a)
- III.3. Sobre el referendo aprobatorio de Estatutos Autonómicos y Cartas Orgánicas
- III.4. Examen constitucional de la consulta
- Fragmento 15
- criterios de permisibilidad, competencia, claridad y pertinencia
- i) Claridad
- CONSTITUCIONALIDAD