El suscrito Magistrado expresa su desacuerdo con los Fundamentos Jurídicos contenidos en el ACP 0023/2019-0 de 17 de abril; por lo que, emite su Voto Disidente en la aprobación de dicho Auto; pues considera que se debió
Fecha: 17-Abr-2019
CONFIRMAR
El suscrito Magistrado expresa su desacuerdo con los Fundamentos Jurídicos contenidos en el ACP 0023/2019-0 de 17 de abril; por lo que, emite su Voto Disidente en la aprobación de dicho Auto; pues considera que se debió CONFIRMAR la Resolución de 17 de julio de 2018, cursante de fs. 424 a 426 vta., emitida por la Jueza Pública Civil y Comercial Vigesimocuarta de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías; y en consecuencia, declarar NO HA LUGAR a la denuncia de queja por incumplimiento presentada por los ahora accionantes.
Consiguientemente, correspondía que el Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda, conforme el art. 16.II del CPCo, resuelva CONFIRMAR la Resolución de 17 de julio de 2018, cursante de fs. 424 a 426 vta., emitida por la Jueza Pública Civil y Comercial Vigesimocuarta de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías; y en consecuencia disponga declarar NO HA LUGAR a la denuncia de queja por incumplimiento de la Sentencia Constitucional Plurinacional.