I.
La accionante señaló que a partir del 7 de marzo de 2017, trabajó en el cargo de Técnico III, Secretaría de la Distrital de Potosí del Consejo de la Magistratura; empero, por Memorando CM-DIR-NAL.RR.HH. 0629/2018 de 10 de mayo, se dispuso la cesación de sus funciones, sin considerar que era progenitora de un menor de edad, actuando las autoridades demandadas sin ningún tipo de justificación ni fundamentación, lesionando de esta forma sus derechos al trabajo, a la estabilidad e inamovilidad laboral.
