Sentencia Constitucional Plurinacional: SCP 0077/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: SCP 0077/2019-S1

Fecha: 03-Abr-2019

cualquier cuestionamiento debe ser impugnado u observado en el mismo mecanismo de defensa constitucional y no a través de otro, por lo explicado precedentemente”

No obstante, cabe recordar que el debido proceso, es también aplicable al ámbito de la justicia constitucional, la cual no está exenta de cumplir el procedimiento constitucional y legal establecido, en armonía con la jurisprudencia constitucional que sobre el particular se hubiere pronunciado;  sin embargo, cualquier cuestionamiento debe ser impugnado u observado en el mismo mecanismo de defensa constitucional y no a través de otro, por lo explicado precedentemente” (las negrillas son añadidas)

En este sentido, la Magistrado que emite el presente voto aclaratorio considera                 que la SCP 0077/2019-S1, en sus fundamentos jurídicos, debió también aclarar                    al impetrante de tutela, que el despliegue procesal constitucional desarrollado                                           en la acción de amparo constitucional, no podía ser revisado y menos aun                                eventualmente corregido o enmendado mediante la presente acción de libertad,                  en razón a que ésta, así como el resto de acciones de defensa, no se constituyen                 en mecanismo para dicho objeto conforme a los fundamentos precedentemente  referidos.